ITF

Nota al Presidente Macri por irregularidades contra sindicatos Argentinos.

EXCMO. SR. ING. MAURICIO MACRI

PRESIDENTE

REPÚBLICA ARGENTINA

Excmo. Sr. Ing. Presidente Mauricio Macri

Stephen Cotton, Secretario General de laFederación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF), que afiliaaproximadamente a 5 millones de trabajadores, representados en 706organizaciones sindicales, de 154 países; nos dirigimos a usted paramanifestarle lo siguiente: 

Hemos sido informados por varias organizacionessindicales afiliadas de la República Argentina, sobre diversas cuestionesreferentes a la situación de intervención del Sindicato de Obreros MarítimosUnidos SOMU, decretada por su Señoría en el mes de Febrero.

Entendemos que existiría una investigación encurso en contra de algunas personas, para lo cual evidentemente tiene que serefectuado un proceso de investigación en los términos y procedimientos delmarco jurídico de la República Argentina.

Sin embargo lo anterior, hemos sido informadosque a pesar de aparentemente no existir en autos cuestiones en contra del SOMUcomo institución, se ha determinado imponer “la medida excepcional deintervenir judicialmente el Sindicato tendiente a encauzar la vidainstitucional del gremio” por medio de una “comisión judicial interventora ynormalizadora”, y “suspender” a todos los “integrantes de los órganos deconducción y deliberativos del S.O.M.U., como así también los de fiscalizacióny electorales” democráticamente electos conforme a su propio Estatuto interno,afectando su autonomía sindical, lo que sería una violación a los principios dela Libertad Sindical, contenidos en los Convenios 87 y 98 de la OrganizaciónInternacional del Trabajo, ambos ratificados por la República Argentina.

Esta situación inusual, además de constituir unaviolación de la libertad sindical deja a los trabajadores afiliados al SOMU enuna situación de indefensión, toda vez que al carecer de una Junta Directivaelecta conforme a su Estatuto, mismo que entendemos se encuentra debidamenteregistrado ante el Ministerio del Trabajo, impide que sus afiliados tengan unarepresentación por parte de Dirigentes Sindicales que hayan sidodemocráticamente electos, incluyendo la revisión de sus convenios colectivos ycondiciones salariales.

Entendemos además, que habría sido fijado a la comisión interventoraun plazo “Dentro de los cinco días hábiles de asumidos, la comisión deberáinformar al tribunal todas las medidas necesarias para el cumplimiento de sufunción”. 

Por lo anteriormente expresado respetuosamente lesolicitamos que independientemente de cualquier proceso de investigación quepueda continuar, mismo que debe de ser efectuado con base a la legislación dela República Argentina, sea normalizada la vida institucional del SOMU,permitiendo que la organización, en base y conforme a su propio Estatuto, puedaefectuar su convocatoria de elecciones prontamente, en un plazo nosuperior a 30 días, para que pueda de esa forma retomar su vidainstitucional independiente y puedan administrar los convenios, bienes yrecursos que la organización poseía al momento de esta “medida excepcional”.

Atentamente

StephenCotton

SecretarioGeneral