El Diputado Juan Carlos Díaz Roig (PJ – Formosa) presentó en la Comisión de Transporte del HCN una interesante iniciativa legislativa, con el propósito de investigar la naturaleza y causas de los siniestros en la industria ferroviaria. La iniciativa se registra con el Nro de Expte. 1541-D-2016.
Detallamos los considerandos de la iniciativa:
Lasestadísticas nacionales e internacionales ubican al ferrocarril como el modo detransporte terrestre más seguro, con el más bajo índice de siniestralidad enuna relación no inferior a 1 a 10 sobre el modo carretero.
Aunasí se producen hechos accidentales y no accidentales en las operacionesferroviarias, muchos de ellos en concurrencia con el modo carretero, en lospasos a nivel, denominados ferroviales. Elfuerte impacto que causa la siniestralidad ferroviaria y ferrovial se relacionacon su magnitud, pese a su relativa baja frecuencia y a que su incidencia realen el porcentaje de hechos, víctimas y daños es sensiblemente inferior alámbito carretero, de ocurrencia diaria.
Seancuales fueren las causas de hechos que causan muertes y daños en la explotaciónde los ferrocarriles, deben ser investigados para determinar dichas causas, lasresponsabilidades correspondientes, las penalidades aplicables en ordenadministrativo o por vía judicial, como así también efectuar las correccionesque correspondan para evitar hechos similares en lo sucesivo.
Enla República Argentina no existe un organismo especializado en la investigacióncientífica de los accidentes y siniestros ferroviarios, tal como existe en eltransporte aeronáutico. También existen ámbitos específicos para el tratamientode la accidentología carretera y su prevención.
LaComisión Nacional de Regulación del Transporte cuenta con una Gerencia deControl Técnico Ferroviario dedicada a la inspección y control técnico-operativode los concesionarios ferroviarios particulares, sujetos a sus respectivoscontratos, quedando limitadas sus funciones a los condicionamientosestablecidos en los mismos. Asimismo no es un área especializada enaccidentología y siniestralidad, si bien sus cuerpos profesionales y técnicosestán altamente capacitados para su cometido.
Laespecificidad de la investigación de los hechos accidentales y no accidentalesferroviarios y ferroviales, como también los requerimientos judicialescorrespondientes, demandan contar con un cuerpo especializado autónomo, dotadode los elementos instrumentales adecuados para ejercer sus funciones.
Portales motivos proponemos crear la Junta Superior de Investigación de Accidentesy Siniestros Ferroviarios, como organismo autárquico descentralizado, en elámbito del Ministerio de Transporte de la Nación.
Susfundamentos legales serán la Ley General de Ferrocarriles de la Nación Nº 2873y modificatorias, demás leyes aplicables, decretos y reglamentos específicostanto para la explotación ferroviaria como aplicables a cruces ferroviales y aseguridad, accidentología y siniestralidad.